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Reto módulo 2.- Una mujer política republicana española y artísta

 

Introducción con una breve presentación de la figura que quiero destacar:

Magdalena Bonet Fàbregues, nació en Palma en 1854, falleciendo en el siglo XX, fue una política republicana española y una artista relacionada con el republicanismo, el feminismo y los movimientos obreros.



Breve biografía:

Nació en el seno de una familia de republicanos federales, su padre era artesano y su madre hija de tejedores. En 1870, ya hay constancia de su actividad ya que con 16 años hacía mítines y publicaba escritos en la prensa republicana. Era una gran lectora y de sus escritos se deduce que tenía al menos estudios primarios.

Su papel de ser el martillo femenino del fanatismo religioso se enfatizó en la prensa republicana y atravesó el mar. Fue alabada como ejemplo de mujer librepensadora y de luchadora por el matrimonio civil para diferentes periódicos republicanos peninsulares. Militó entre el republicanismo federal y un socialismo utópico que incluía la emancipación de las mujeres.

En 1883, Bonet Fàbregues fue la presidenta de la junta organizadora del Congreso Feminista de Mallorca, ligado a la Unión Obrera Balear, cuyo objetivo era mejorar el futuro de la mujer mediante la educación y lrechazaba los prejuicios que impedían a las mujeres usar la tribuna pública.

La iniciativa de las feministas mallorquinas levantó una ola de solidaridad por todo España y varias asociaciones de mujeres y hombres librepensadores prometieron la asistencia al Congreso y enviaron colaboraciones periodísticas. Esto alarmó a los conservadores confesionales mallorquines. La campaña de desprestigio contra las organizadoras del Congreso por parte de influyentes sectores católicos obligó a suspenderlo. A partir del 1904, muertos su marido y su padre, se pierde absolutamente el rastro de Bonet Fàbregues y de sus hijos. Seguramente se trasladaron a vivir fuera de Mallorca.

 

Su figura contribuyó a la instauranción del matrimonio civil:

En España el matrimonio civil estuvo prohibido desde 1564 a 1870, siendo el matrimonio religioso el único considerado legítimo, hasta su aprobación en 1870 con la Ley Provisional de Matrimonio Civil. A partir de 1875 el matrimonio civil fue considerado algo excepcional, pero legal.

Durante la Segunda República, de 1931 a 1939, con el establecimiento de la aconfesionalidad del Estado, se adoptó un sistema de matrimonio civil obligatorio (solo este producía efectos jurídicos) aunque se permitía celebrar el matrimonio canónico a todos aquellos católicos que así lo desearan.

En 1939, con el franquismo, se consideraron nulos los matrimonios civiles que habían tenido lugar durante el periodo republicano, y el matrimonio civil solamente pasó a admitirse en caso de que los dos contrayentes fuesen de una religión distinta de la católica o hiciesen apostasía.

Con la constitución de 1978; que establece de nuevo la aconfesionalidad del Estado, dejó de ser necesario certificar el abandono de la Iglesia para poder contraer matrimonio civil.

En 2005 se extendió el derecho de matrimonio civil a las parejas del mismo sexo.



Fuentes consultadas:

Wikipedia

www.caib.es

Editorial: Ajuntament de Palma, 2007; Peñarrubia i Marquès, Isabel






























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